Impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación-SIMPLE, creado por la Ley 1943 de 2018, es un modelo de tributación opcional que sustituye el impuesto sobre la renta e integra el impuesto nacional al consumo y el impuesto de industria y comercio

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2019-05-07

Según el artículo 903 del estatuto Tributario, creado por el artículo 66 de la Ley 1943 de 2018, se crea el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación-Simple, con el fin de reducir las cargas formales y sustanciales, impulsar la formalidad y en general, simplificar y facilitar el cumplimiento de la obligación tributaria de los contribuyentes que voluntariamente se acojan (el articulo 906 del estatuto tributario enumera los sujetos que no pueden optar por este sistema), los contribuyentes de este impuesto unificado deberán presentar una declaración anual consolidada y el pago del anticipo bimestral a través del recibo electrónico SIMPLE de forma obligatoria. Adicionalmente según el artículo 911 del Estatuto tributario no estarán sujetos a retención en la fuente y tampoco estarán obligados a practicar retenciones y autorretenciones en la fuente, con excepción de las correspondientes a pagos laborales. En los pagos por compras de bienes o servicios realizados por los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación-SIMPLE, el tercero receptor del pago, contribuyente del régimen ordinario y agente retenedor del impuesto sobre la renta, deberá actuar como agente autorretenedor del impuesto, lo anterior sin perjuicio de la retención en la fuente a título del impuesto sobre las ventas-IVA, regulado en el numeral 9 del artículo 437-2 el E.T.

 

 

 

 

 

 

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